Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla

FINES Y FUNCIONES

De acuerdo con el artículo 6 de sus Estatutos, el Consorcio tiene por objeto la prestación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, desarrollando, entre otras, las siguientes funciones:

a) Con carácter general, la planificación y ejecución de operaciones de prevención y actuación frente a incendios y otros siniestros, asistencia y salvamento de personas y protección de bienes.

b) Desarrollo de medidas preventivas y, en particular, la inspección en materia de cumplimiento de la normativa de protección frente a riesgos de su competencia. En su caso, la elaboración de informes preceptivos con carácter previo a la obtención de licencias de explotación.

c) Adopción de medidas excepcionales de protección y con carácter provisional hasta que se produzca la oportuna decisión de la autoridad competente, respetando en todo caso el principio de proporcionalidad.

d) Investigación e informe sobre las causas y desarrollo de siniestros.

e) Estudio e investigación en materia de sistemas y técnicas de protección frente a incendios y salvamentos, incluyendo la formación y perfeccionamiento del personal.

f) Participación en la elaboración de los planes de emergencia, así como desarrollo de las actuaciones previstas en éstos.

g) Participación en campañas de formación e información a los ciudadanos.

h) Gestión de los ingresos derivados de tasas, contribuciones especiales y otros ingresos de cualquier clase que pudiesen percibirse.

i) Aquellas otras que les atribuya la legislación vigente.